México

La SCJN debatirá en próximos días un proyecto contra las leyes antiaborto

18/06/2016 - 7:52 am

El proyecto fue elaborado por el magistrado Arturo Zaldívar en respuesta al amparo interpuesto por una mujer a la que se le negó el aborto a pesar de que su embarazo era considerado “de alto riesgo”, y será discutido en la Primera Sala previsiblemente el 29 de junio, informaron a Efe fuentes de la SCJN.

El magistrado considera, además, que las normas penales federales "restringen excesivamente el derecho de la mujer a practicarse un aborto". Foto: Luis Barrón, SinEmbargo
El magistrado considera, además, que las normas penales federales “restringen excesivamente el derecho de la mujer a practicarse un aborto”.
Foto: Luis Barrón, SinEmbargo

México, 17 jun (EFE).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debatirá la próxima semana un proyecto en el que declara inconstitucional la prohibición total del aborto, “porque anula de manera absoluta los derechos de las mujeres”.

El proyecto fue elaborado por el magistrado Arturo Zaldívar en respuesta al amparo interpuesto por una mujer a la que se le negó el aborto a pesar de que su embarazo era considerado “de alto riesgo”, y será discutido en la Primera Sala previsiblemente el 29 de junio, informaron a Efe fuentes de la SCJN.

Las normas y actos que limitan o regulan el ejercicio de la decisión de la mujer a practicarse un aborto afectan “al menos ‘prima facie’ (a primera vista)” el derecho a la salud sexual y reproductiva y el derecho al libre desarrollo de la personalidad, señala el documento.

La prohibición puede llevar a que las mujeres, especialmente aquellas que se encuentran en situaciones de marginalidad y pobreza, acudan a centros sin las garantías correspondientes, “arriesgando su salud y hasta su vida”.

“Las consecuencias derivadas de las prohibiciones al aborto, tales como muertes evitables, la imposibilidad de volverse a embarazar o daños psicológicos permanentes, constituyen afectaciones ‘prima facie’ al derecho a la salud en este aspecto”, defiende el texto.

Además, la prohibición viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad, “pues incide en el plan de vida que las mujeres desean realizar”.

El magistrado considera, además, que las normas penales federales “restringen excesivamente el derecho de la mujer a practicarse un aborto”.

El Código Penal Federal prevé tres supuestos en los que la mujer puede interrumpir el embarazo sin ser criminalizada: cuando el aborto es “resultado de una conducta imprudente”, cuando el embarazo es fruto de una violación o cuando está en peligro de muerte “la mujer o el producto de la concepción”.

El derecho a la interrupción del embarazo “se encuentra constitucionalmente reconocido en determinados supuestos”, por lo que una norma que limite en mayor medida esta cuestión “resulta inconstitucional, pues vulnera desproporcionalmente la autonomía y la dignidad de la mujer embarazada”.

“Criminalizar la decisión de practicarse un aborto provoca consecuencias dramáticas en la vida de muchas mujeres embarazadas”, señala Zaldívar.

Por tanto, defiende que “el Estado debe garantizar el derecho a la mujer a un aborto seguro” en las instituciones de salud pública.

La interrupción, continúa, debe proporcionarse “sin discriminación y con perspectiva de género, esto es, libre de prejuicios y estigmatizaciones”.

Lo que supone que en el proceso deben quedar excluidas ideas como que el aborto es “incorrecto” o “inmoral”, establece.

en Sinembargo al Aire

Opinión

Opinión en video